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La ITE vigila el grado de accesibilidad y el consumo energético de los inmuebles

L Incorpora los conceptos tras la modificación del Reglamento de Urbanismo de la región L Solo se pide a modo informativo, no implica que los edificios deban realizar obras en estos ámbitos

Andamio ubicado en un inmueble de la calle Vitoria.-ISRAEL L. MURILLO

Publicado por
V. MARTÍN
Burgos

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La ordenanza que puso en marcha la Inspección Técnica de Edificación (ITE) para vigilar el estado de conservación del patrimonio urbano de la capital burgalesa funciona desde 2012. Sin embargo, el pasado marzo de 2016, la Administración regional modificaba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León. La principal novedad es la incorporación del grado de accesibilidad y el certificado de eficiencia energética en la ITE en el mismo formato que el Informe de Evaluación de Edificio (IEE) que exige el Ministerio de Fomento. De esta forma, se unifican los dos informes en un mismo documento.Aunque la ordenanza no se ha modificado en la capital burgalesa, desde este 2017, el Ayuntamiento exige la incorporación de estos dos parámetros en la ITE. «Por el momento no hemos visto la urgencia de modificar la ordenanza de la ITE porque, aunque está hecha antes de la reforma del reglamento realizada el año pasado, no por eso ha quedado obsoleta», comenta la concejal de Licencias, Ana Bernabé, quien recuerda que los dos nuevos conceptos se exigen por «aplicación directa de la ley».La reforma del reglamento en 2016, que supuso como novedad la inclusión de la accesibilidad y del certificado de eficiencia energética, se desarrolló porque la Junta de Castilla y León «lo consider necesario para adaptarse al Informe de Evaluación del Edificio que exige el Ministerio de Fomento para aquellas viviendas que quieran acogerse a algún tipo de subvención pública». Se suman de esta manera a los tres objetos principales de inspección que son seguridad, salubridad y ornato.La inclusión de estos dos nuevos requisitos en la inspección no supone que el edificio tenga que reunir condiciones de eficiencia energética para pasar la ITE sino que «el informe debe contener el certificado de eficiencia, informar sobre qué nivel de eficiencia tiene la vivienda inspeccionada».Lo mismo con la accesibilidad, «el edificio no deberá hacer obras para hacerlo accesible sino que tendrá que informar en qué condiciones de accesibilidad está, por ejemplo si tiene o no ascensor, si hay escalera al ascensor o hay rampa, etc», explica la concejal.300 viviendasDesde que en 2012 se pusiera en marcha la normativa, el grado de cumplimiento de ha llegado al 96%. De los edificios inspeccionados, el 85% tuvieron un resultado favorable mientras que el resto de edificios sigue pendiente de su cumplimento. Desde el área de Licencias se asegura que hay más de 300 edificios en la capital que, o se les ha abierto un expediente sancionador porque no han presentado la documentación requerida por la inspección o la han presentado pero no ha sido favorable y no han desarrollado las obras necesarias.Gran parte de estos edificios se encuentran en barrios periféricos como Castañares o Villímar, además de en el propio casco histórico y es que «es donde se encuentran los edificios más antiguos de la capital», explica la técnico. En el caso concreto del centro de la ciudad, espacios como la Plaza Mayor o la calle San Juan son solo dos ejemplos de vías en las que se pueden encontrar edificios pendientes de mejora. Las principales deficiencias de estos edificios tienen que ver especialmente con «cubiertas, cimentación, fachadas interiores y exteriores, así como en sus instalaciones», especialmente causadas «por el abandono de los propietarios, que no realizan un mantenimiento, ya que en muchas ocasiones no vive nadie».En caso de que se abra un expediente sancionador porque no se ha presentado la documentación «se le otorga a la comunidad de vecinos o al propietario un plazo de tres meses para que la presente o pase la ITE».Si no cumple, las multas pueden variar entre los 3.000 y los 15.000 euros.La ITE es obligatoria para todos inmuebles que hayan superado los 40 años de antigüedad, pero es el Ayuntamiento quien fija cada año cuáles son las propiedades, conforme a su año de construcción, que deben realizar la inspección. Así, se comunica por carta a los propietarios que han entrado en el padrón del siguiente año para ordenar el ritmo de presentación.