El Correo de Burgos

MESA DE REDACCIÓN / EMPRESAS DE INSERCIÓN

Una política social que se viste de apoyo a la empresa

Se busca elevar el nivel de empleabilidad y ofrecer acompañamiento y apoyo psicosocial

Representantes de Fundación Lesmes y Cáritas en la presentación de un proyecto.-ICAL

Representantes de Fundación Lesmes y Cáritas en la presentación de un proyecto.-ICAL

Burgos

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El peso de la economía social alcanza un gran nivel de desarrollo en Castilla y León y particularmente en la provincia de Burgos. La administración regional, a través de la Dirección General de Economía Social y Autónomos se plantea aprovechar la capacidad generadora de puestos de trabajo de la Economía Social para actuar con políticas activas y financiación para favorecer que aquellos colectivos de trabajadores que presentan mayores dificultades de inserción en el mercado de trabajo, tanto por sus características personales como por razón de la zona geográfica en la que habitan.

Desde la administración regional se conciben las empresas de inserción como «un puente entre la formación y el empleo, especialmente para algunas personas que, por diversas circunstancias, se encuentran en situación o riesgo de exclusión social y no pueden acceder directamente al mercado laboral». De hecho, se describen como «estructuras de aprendizaje», que, sin embargo, tiene la forma de «una relación laboral convencional» que desarrolla una actividad productiva a la vez que se diseña y ejecuta un proceso de inserción para el trabajador beneficiacio de esta iniciativa. El objetivo final es que personas que parten de un «bajo nivel de empleabilidad», por las circunstancias de su vida, bien sean parados de larga duración acogidos a la Renta Garantizada, colectivos en riesgo de exclusión como extoxicómanos o expresidiarios, entre otros perfiles tipificados, pueden alcanzar un grado de productividad suficiente para acceder al mercado laboral tras un proceso de aprendizaje laboral, de habilidades sociales, de hábitos de conducta y otras herramientas de convivencia que les faciliten la transisición al mundo laboral normalizado. Este proceso tiene un plazo máximo: tres años. En ese tiempo se espera posibilitar la adquisición de experiencia y entrenamiento, desempeñando un puesto de trabajo, que permita adquirir la cualificación y el nivel de productividad necesario para dar el salto al mercado y/o a la empresa ordinaria.

Las propias empresas de inserción aclaran que la actividad económica de la empresa es secundaria, lo importante es la inserción.

Este tipo de empresas de fondo social suponen una inversión con los flujos económicos generados al erario público y, por otro lado, un ahorro en protección social, al convertir a potenciales perceptores de prestaciones y servicios asistenciales en contribuyentes y consumidores.

Beneficiarios

Las personas que pueden trabajar en empresas de inserción y beneficiarse de su labor son aquellas que se encuentran en situación de exclusión social, desempleadas e inscritas en los Servicios Públicos de Empleo, con especiales dificultades para su integración en el mercado de trabajo. Además tienen que estar incluidas en alguno de los colectivos a los que se reserva esta vía. Es el caso de los perceptores de Rentas Mínimas de Inserción o similares, así como los miembros de la unidad de convivencia, así como las personas que no puedan acceder a dichas prestaciones, por que carezcan del período exigido de residencia o empadronamiento o hayan agotado el período máximo de percepción.

También pueden optar jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de Instituciones de Protección de Menores, o las personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos en proceso de rehabilitación o reinserción social.

Son posibles beneficiarios los internos de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo, así como liberados condicionales y ex reclusos. También podrían solicitar su plaza los menores internos cuya situación les permita acceder a un empleo, así como los que se encuentran en situación de libertad vigilada y los ex internos y las personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados., asi como las procedentes de servicios de prevención e inserción social autorizados. La situación de exclusión deberá ser acreditada por los Servicios Sociales Públicos competentes de la Comunidad Autónoma y las Corporaciones Locales.

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