MUNICIPAL / JUZGADOS
Los dueños de la buhardilla del edificio de Santa María, 8, reclamarán daños y perjuicios
La sentencia del Contencioso Administrativo Número 1 considera que el Ayuntamiento incurrió en «arbitrariedad y se extralimitó» / Los dueños de la buhardilla reclamarán daños y perjuicios
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Burgos declara nula la resolución del Ayuntamiento que establece la ruina inminente de la cubierta del edificio de plaza Santa María, número ocho, y le condena a realizar las gestiones necesarias para echar atrás la resolución que firmó el 9 de noviembre de 2017.
Con este fallo, la Justicia da la razón a los propietarios de la buhardilla de este edificio, ubicado frente a la Catedral, que vieron peligrar su vivienda, adquirida en el año 1961, a causa de las decisiones municipales que incluían la determinación de aprovechar la declaración de ruina inminente y el arreglo de la cubierta con la demolición del voladizo. Es más, el texto afirma con contundencia que el Ayuntamiento incurrió «en arbitrariedad y se extralimitó de las posibilidades que le otorga la Ley de Urbanismo» cuando dictó la resolución de ruina inminente y decretó la demolición parcial de la cubierta en lo que afectaba a la buhardilla.
El letrado que defiende los intereses de la familia propietaria de la buhardilla, José María Castilla, considera que las «decisiones municipales buscaban la demolición de la cuarta planta del edificio sin indemnizar a sus dueños y cargando todo el coste a estas personas. Estábamos ante una expropiación ilegal encubierta».
Las decisiones municipales buscaban una expropiación ilegal encubierta, según defiende el letrado
Son varios los fallos judiciales que han dado la razón a la familia Fuentes Santamaría que tuvo que actuar en varios frentes ya que el Ayuntamiento quiso proceder de manera subsidiaria e iniciar la demolición y reconstrucción del tejado amparándose en la declaración de ruina inminente que ahora el Contencioso desmonta.
En octubre de 2018, el Tribunal Superior de Justicia suspendió la ejecutividad de la ruina en cuanto al derribo y reconstrucción de la cubierta del inmueble. Recientemente, en noviembre de 2019, el Contencioso Administrativo Número 1 declaró nula otra resolución municipal de marzo de 2018 que acordaba continuar adelante con la ejecución subsidiaria de las obras. Esta sentencia no ha sido recurrida por parte del Ayuntamiento por lo que ya es firme. Y en el último fallo, notificado ayer a las partes, finalmente se echa para atrás la declaración de ruina inminente. En este caso cabe también recurso, pero los demandantes esperan que la administración renuncie como lo hizo en la de noviembre.
Por su parte, el Ayuntamiento reclamó la desestimación del recurso de los demandantes y presentó como prueba distintos informes de varios técnicos, entre ellos uno de bomberos, para defender la situación de ruina inminente de la cubierta. La prueba documental que presentó el Ayuntamiento incluye la intervención de los bomberos el 23 de octubre de 2017 cuando acudieron al edificio porque habían caído a la vía pública varios cascotes del alero del edificio. Los bomberos indicaron que la cubierta se encontraba «en muy mal estado por el paso del tiempo y la falta de mantenimiento» y añadieron que los aleros de «las fachadas se encuentran en mal estado y urgen una rápida reparación». A partir de esta actuación, el gerente de Fomento emitió el informe, que ahora el juzgado declara nulo, sin cursar visita al edificio -como indica el juzgado- incluyendo la disposición de «eliminar el cuerpo superior del edificio (la buhardilla) ya que se declara fuera de ordenación» desde que en 2014 entró en vigor el último Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). Fruto de la resolución se ordenó el desalojo del edificio y se tomaron medidas provisionales para evitar daños a personas y cosas. La comunidad de propietarios colocó los andamios para evitar nuevos desprendimientos en octubre de 2017.
Las pruebas presentadas por el Ayuntamiento no pueden concluir que exista una ruina inminente, dice la juez
El juzgado considera que de las pruebas presentadas por el Ayuntamiento no se puede concluir que exista una ruina inminente y, por tanto, que se puedan ejecutar las acciones que planteaba como la demolición de la buhardilla. «El informe municipal entremezcla conclusiones», indica. A la vez, el texto plantea que los bomberos «solo refieren un mal estado de los aleros y urgen una reparación» y señala la juez que tiene distintas consecuencias iniciar un expediente de ruina que de ruina inminente.
Licencia sin respuesta
Se da la circunstancia de que los dueños de la buhardilla presentaron en el año 2011 una solicitud de licencia de obras para realizar reparaciones en su propiedad y nunca tuvieron respuesta por parte del Ayuntamiento. En estos momentos, siguen peleando judicialmente para que se responda a esa licencia para poder proceder con la consolidación de su propiedad que estaba habitada hasta el momento que se ordenó el precinto del edificio. Consideran que la última modificación del PGOU no puede conllevar un derribo de su propiedad al quedar fuera de ordenamiento cuando se trata de una buhardilla que existe al menos desde el año 1853 como acreditan unas fotografías de Charles Clifford, encontradas en el Archivo Municipal.
Los hermanos María Teresa y Heliodoro Santamaría se han sentido «indefensos» por las resoluciones municipales de todos estos años. Entre los pasos a dar de manera inminente está el de reclamar al Ayuntamiento que les devuelva el dinero que tuvieron que pagar para redactar el proyecto de demolición de la cubierta del edificio, alrededor de 1.000 euros. Se plantean también una reclamación por daños y perjuicios y esperan obtener la licencia que les permita reparar su propiedad. «En cuanto se levante el precinto al edificio se hará una evaluación de cómo se encuentra la buhardilla a la que no entran desde finales de 2017 y el deterioro que haya podido sufrir durante todo este tiempo sin intervenir», explica el abogado. No descartan acudir a la vía penal, aunque todo dependerá de la disposición municipal a la hora de ejecutar la última sentencia.
Por otro lado, van a reclamar que se arregle la fachada de la cuarta planta igual que se está acometiendo la obra del resto de la fachada, algo a lo que se ha negado la comunidad de propietarios, según declara el letrado.