20 meses de cárcel por abusar de una niña de 13 años para tener sexo por videollamada
El abusador tenía 41 años cuando contactó con la niña en un aplicación llamada Azar y luego la acosó desde Whatsapp
Un nuevo caso de desviación sexual de un individuo que busca menores por internet para satisfacer sus instintos sexuales ha terminado en Burgos con una condena de 20 meses para un individuo que abusó de una niña de 13 años a través de vídeo llamadas de Whatsapp en las que se exhibió desnudo, masturbándose e insistiendo para la menor también le mostrase sus genitales.El condenado tenía 41 años cuando ocurrieron los abusos en el otoño de 2019. En esa época contactó con la niña de 13 años que era usuaria de una aplicación para teléfonos móviles llamada Azar en la que fue interpelada por el hombre y acabaron cruzándose sus números de teléfono. A partir de ahí, este abusador comenzó a usar Whatsapp para "satisfacer sus instintos libidinosos", como reza la sentencia. El 25 de septiembre de 2019 realizó una vídeo llamada al teléfono de la niña en la que le mostró sus genitales.Al día siguiente "con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales y atentar contra su indemnidad sexual exigió a la menor que le realizara a él una vídeo llamada" por Whatsapp "en la que fuera ella la que le mostrara sus partes íntimas, a lo que la menor finalmente accedió". Estas llamadas de vídeo se sucedieron días más tarde hasta que en una ocasión el condenado por abusos sexuales realizó otra llamada de vídeo en la que "se masturbó delante de la menor", según recoge la sentencia. Finalmente, a finales de noviembre de 2019 el condenado bloqueó a la menor en esta aplicación de mensajería y dejó de contactarla.Estos hechos constituyen para la Audiencia Provincial de Burgos un delito de abuso sexual a través de internet y teléfono, que penalmente se agrava por haber sido cometido contra un menor de 16 años, por lo que se le impone a este individuo una pena de un año y ocho meses de prisión y cuatro años de libertad vigilada en los que no podrá acercarse a la menor a menos de 500 metros ni comunicarse con ella de ninguna forma. Además, no podrá trabajar en ninguna profesión que conlleve contacto regular y directo con menores de edad y tendrá que indemnizar a la niña con 1.500 euros por daños y perjuicios.