TRIBUNALES
La Fiscalía mantiene que la ley del ‘sí es sí’ permite penas de 10 años en el caso Arandina
Ratifica su petición para los dos exfutbolistas y enmienda el fallo del TSJ que los condenó a 4 y 3 años de cárcel / La acusación pide confirmar los 38 años de cárcel a los tres exjugadores de la primera sentencia
A falta de seis días para que el Tribunal Supremo se reúna para analizar y deliberar sobre la sentencia del caso Arandina y decida el futuro de los tres exjugadores de fútbol Carlos Cuadrado alias ‘Lucho’, Víctor Rodríguez ‘Viti’ y Raúl Calvo, por su implicación en una agresión sexual a una menor de edad de Aranda de Duero, ya se sabe lo que pide cada parte.
Mientras las defensas de los exfutbolistas insistirán en la absolución, convencidos de que son inocentes y que no hay pruebas de culpabilidad, la Fiscalía del Tribunal Supremo mantiene el recurso que presentó y pide que sean condenados a 10 años de cárcel por considerar que la ley del ‘Solo sí es sí’ permite que se puedan solicitar estas penas para los dos exjugadores condenados. En su recurso, la fiscal Paloma Abad argumenta que, conforme a la nueva ley, los hechos pueden calificarse como una agresión sexual a una menor de 16 años, que el artículo 181 del Código Penal castiga con penas que van de los 6 a los 12 años de cárcel, una horquilla penal que permite sostener los 10 años, a ser la pena mínima de la mitad superior.
En su recurso, la fiscal Paloma Abad argumenta que, conforme a la nueva ley, los hechos pueden calificarse como una agresión sexual a una menor de 16 años
En el caso de que el Tribunal Supremo rechazara la petición principal, la fiscal pide que al menos se mantengan las penas de 3 y 4 años para Viti y Lucho, como autores de un delito de abuso sexual del antiguo artículo 183 del Código Penal, «con la concurrencia de una circunstancia atenuante muy cualificada de cercanía de edad y madurez entre los ex jugadores y la víctima». Deja al margen, sin embargo, al exonerado Raúl Calvo.
La fiscal responde así a la petición de la Sala de lo Penal, que el pasado 17 de noviembre le emplazó a presentar alegaciones en relación a La Ley Orgánica 10/2022 de Garantía Integral de la Libertad Sexual, que entró en vigor el pasado 7 de octubre. Hay que recordar que el proceso judicial cambió de manera drástica al pasar de un fallo de la Audiencia Provincial de Burgos que, en primera instancia, condenaba a los tres acusados a 38 años de prisión, a un Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que no solo rebajó las penas de Lucho y Viti, a 4 y 3 años de prisión, respectivamente, también absolvió de culpa y responsabilidad al más joven de los tres, Raúl Calvo, al considerar su grado de inmadurez y la cercanía de edad con la víctima, ya que en el momento de los hechos, ella no había cumplido los 16 años y él tenía 19 años.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León tuvo en cuenta la evaluación psicológica que se le hizo en 2018, cuando los expertos apuntaban que su capacidad mental era «igual o inferior» a la de la víctima.
El Tribunal Superior de Justicia imponía además la inhabilitación especial de los condenados para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad, por un tiempo superior a 3 años «al de la duración de las penas de privación de libertad respectivamente impuestas»; la prohibición de comunicarse por cualquier medio con la víctima y de acercarse a ella, a su domicilio, centro de trabajo o educativo y a cualquier otro lugar que sea frecuentado por ella, a una distancia inferior a 1 km durante un periodo de ocho años y la libertad vigilada, durante 5 años.
Este informe del Ministerio Público, firmado el 22 de noviembre, llegó un día después de que el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, emitiera un decreto para que los fiscales den «una respuesta uniforme» a las revisiones de condenas firmes suscitadas por la ‘ley del solo sí es sí’, estableciendo que no se modificarán cuando la pena impuesta pueda dictarse con el nuevo marco penal, con lo que se evitaría una rebaja «automática» de condenas.
El decreto señala que, «como regla general, no procederá la revisión de las condenas firmes cuando la pena impuesta en la sentencia también sea susceptible de imponerse con arreglo al nuevo marco legal resultante de la reforma», precisando que «se evitará la adaptación automática de las penas anteriormente impuestas en proporción aritmética al nuevo marco punitivo».
Así, aclara que la revisión solo procederá «cuando la pena efectivamente impuesta exceda en abstracto de la que correspondería imponer en aplicación de los preceptos de la nueva legislación penal».
Por su parte, la acusación particular y popular no se conforman con los 10 años que pide la Fiscalía e insisten en solicitar que se recupere la primera sentencia judicial, cuando la Audiencia Provincial de Burgos condenó a Lucho, Viti y Raúl Calvo a 38 años de prisión. «En nuestra opinión, la agresión sexual está clara así como los agravantes, porque hubo intimidación y presión de grupo», argumenta Antonio Calvo, el abogado de la Fundación Clara Campoamor, que ejerce como acusación popular.
«En nuestra opinión, la agresión sexual está clara así como los agravantes, porque hubo intimidación y presión de grupo»
Hay que recordar que la Audiencia Provincial impuso esta pena al entender que en la ejecución del delito hubo una cooperación necesaria. Bajo esta perspectiva, cada uno de los acusados fue condenado a 14 años de cárcel como autor de la agresión sexual y a otros 24 años por haber cooperado en la agresión sexual de los otros dos encausados.
Por todo ello la Fundación Clara Campoamor confía en que el Tribunal Supremo no tenga en cuenta la sentencia dictada en segunda instancia por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Respecto a la aplicación de la polémica Ley del ‘Solo sí es sí’, el abogado de la Fundación Clara Campoamor, Antonio Calvo, entiende que puede afectar porque el tribunal puede «modular la pena». Bajo este punto de vista, si el Tribunal Supremo condenase a 10 años, la pena quedaría en 9 y si aceptase a recuperar los 38 años de prisión de la Audiencia provincial, quedarían en 34. «Al final se les aplicará lo que les sea más favorable», recuerda el letrado-
Pero, ¿cómo empezó todo? La historia del Caso Arandina se remonta al 24 de noviembre de 2017, cuando la menor de 15 años de edad subió invitada por uno de los jugadores al piso que estos compartían en la calle San Francisco de Aranda de Duero, donde jugaban en el club de fútbol local. La denuncia la presentó el padre 17 días después. Según la denuncia, Viti, Lucho y Raúl agredieron sexualmente a la menor en el salón y luego Raúl consumó la relación sexual en otra habitación de la vivienda.
El mismo día de la denuncia, la juez decretó prisión provisional y sin fianza. Allí estuvieron tres meses hasta que la defensa presentó al único testigo de la causa, un joven, también futbolista, que estuvo en el piso al mismo tiempo que ellos pero que «ni vio ni escuchó nada». Mientras la menor se ha mantenido siempre en una postura «creíble», según la psicóloga que la trabajaba por temas de mejora en estudios, los encausados siempre han defendido su inocencia.
«No entendemos por qué no se ha tenido más en cuenta al ‘cuarto jugador’», sostiene el abogado defensor, Rafael Uriarte. El Tribunal Supremo analizará la sentencia el próximo martes, 29 de noviembre. A puerta cerrada, cinco magistrados decidirán el futuro de los tres jóvenes. La resolución se conocerá tiempo después cuando firmen la sentencia.
«No entendemos por qué no se ha tenido más en cuenta al ‘cuarto jugador’»
El caso Arandina ha sido uno de los procesos más mediáticos que se recuerdan en la zona. También ha dividido a la sociedad, entre los que apoyan a la víctima y piden «cuidar a una menor de edad» y los que defienden la inocencia de los acusados. De hecho, hubo manifestaciones sociales en ambos sentidos.
En cuanto a los implicados, cada uno lo lleva como mejor puede. Los acusados esperan con ansiedad la resolución del Tribunal Supremo, conscientes de que su vida puede cambiar en cualquier momento. Por otro lado, la familia de la víctima vive con la incertidumbre de la nueva ley de la ministra de Igualdad, Irene Montero. «Si lo llego a saber no denuncio», lamentaba el padre hace unas semanas en este periódico, preocupado porque «la Justicia es muy garantista con la presunción de inocencia, con los agresores, pero no protege a la víctima».