«Sí o sí vas a ser mía». Siete años de prisión por abusar sexualmente de su compañera de trabajo
El TSJCyL ratifica la condena al empleado de un supermercado que durante ocho años sometió a su víctima a una «humillación continua» y tocamientos no consentidos en los pechos y la vagina
El Tribunal Superior de Justicia (TSJCyL) ha ratificado la condena, a siete años y un día de prisión, al dependiente de la carnicería de un supermercado de Burgos por abusos sexuales a una compañera de trabajo durante más de ocho años. Con este fallo, se desestima el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial en septiembre de 2023.
La condena se mantiene exactamente en los mismos términos. Por lo tanto, el acusado tiene prohibido acercarse o mantener cualquier tipo de comunicación con su víctima durante un periodo de 16 años, amén de pagarle una indemnización de 30.000 euros por los daños morales y psicológicos causados. La mujer, tal y como quedó probado durante el juicio, sufrió un «trastorno adaptativo ansioso-depresivo», con un periodo de estabilización de «180 días» y un tratamiento médico a base de «ansiolíticos y antidepresivos».
Los abusos empezaron a producirse, según consta en el apartado de hechos probados, «durante la jornada laboral, cuando se encontraban a solas, en distintas zonas no visibles para el resto de trabajadores». El acusado, entre 2012 y 2020, trataba de «satisfacer sus deseos sexuales» realizando numerosos tocamientos a su víctima tanto en los pechos con en la zona vaginal «llegando a introducir uno de sus dedos». Aunque ella «no consentía tales actos y le suplicaba que parara o no lo hiciese», prefirió guardar silencio por «vergüenza» y «temor» a que «la situación pudiese incluir en su vida familiar» al estar casada y con tres hijos.
No fue hasta mediados de junio de 2019, tras una baja laboral que nada tenía que ver con estos hechos, cuando la víctima relató los abusos a una amiga. Un mes más tarde, cuando su marido le pidió el divorcio dada la crisis matrimonial que arrastraban desde 2015, la mujer se sinceró. A raíz de aquello, su esposo le mostró un «apoyo continuado» hasta que ella se decidió a denunciar, ante la Policía Nacional, en febrero de 2020.
Durante el tiempo que estuvo de baja, la víctima acudía periódicamente al supermercado para entregar los partes de continuidad. En ese periodo, recibía mensajes de WhatsApp de su compañero y llegaron a quedar en una ocasión porque ella quería «convencerle de que cuando volviera del trabajo no repitiera los hechos». La idea, en principio, era que también acudiese a la cita otra compañera, que al final no pudo ir, y ver el piso que el acusado se había comprado. Ante el pretexto de que estaba su hijo en dicho domicilio, la mujer accedió. Sin embargo, una vez dentro su acosador aprovechó para «empujarla, lanzarla sobre la cama y tocarle los pechos e introducir el dedo en su vagina».
Tanto la Audiencia como el TSJ también dieron total credibilidad al relato de la mujer sobre la «humillación continua» que sufrió a manos de su compañero de «forma habitual». Llegó a apodarla «la madalena» porque «solía llorar mucho» a causa de los abusos e incluso «reprimida». De igual manera, llegó a utilizar expresiones como «lo tienes todo cedido, claro, teniendo tres hijos que vas a esperar», «vaya piltrafa de tetas que tienes», «hoy no voy a lavarme este dedito», «me he obsesionado contigo» o «sí o sí vas a ser mía».
La defensa del acusado, por su parte, interpuso el recurso de apelación contra la sentencia alegando una «vulneración del principio acusatorio e indefensión del acusado» y un «error en la valoración de la prueba». En base a ello, se solicitó su absolución con «todos los pronunciamientos favorables».