El PSOE propone que el Pleno inste a la Junta prohibir nuevas casas de apuestas en zonas residenciales
De la Rosa recuerda que la Dirección General de Vivienda dio el visto bueno a la modificación del PGOU de Burgos que restringía la apertura de estos locales en barrios y que ha tumbado el Tribunal Supremo
El PSOE de Burgos considera que aún se pueden adoptar medidas que limiten la apertura de nuevas casas de apuestas en las zonas residenciales tras el varapalo de la sentencia del Tribunal Supremo que anulaba la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) aprobada por todos los grupos políticos en el pasado mandato que restringía las nuevas licencias de salas de juego en zonas residenciales.
El fallo del Supremo indicaba que el Ayuntamiento se extralimitó en sus competencias al no dejar margen regulatorio a la Junta de Castilla y León y que «no responde a los requisitos de proporcionalidad, ni coherencia».
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El portavoz del PSOE, Daniel de la Rosa, no comparte pero acata el criterio del Alto Tribunal, por lo que anunció que puede ser la Junta la que adopte medidas para limitar más presencia de nuevos locales y planteó que llevarán al Pleno del mes de septiembre una proposición para instar a la Junta, que es la competente en la regulación de las casas de apuestas. Algo que puede hacer cambiando la actual legislación, modificada recientemente y que, según De la Rosa, no es nada restrictiva, ya que, dice, se limita a establecer una distancia mínima de 150 metros entre estos establecimientos y los colegios y de 300 metros entre los locales.
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El portavoz del PSOE recordó que cuando el Ayuntamiento aprobó la modificación inicial del PGOU, el informe que elaboró la Dirección General de Vivienda de la Junta en agosto de 2020 consideró "adecuada" la modificación. Qué pasó después, se preguntó De la Rosa, quién se respondió que "la Junta se vio obligada por las presiones de los lobbys de las casas de apuestas" a recurrir ante la justicia la modificación del PGOU.
Sobre la sentencia del Supremo, el portavoz del PSOE señala que el fallo recuerda que la modificación del planeamiento "debe estar amparada en razones de imperioso interés general". Y en este punto se volvió a preguntar "qué razón más imperiosa que la salud de los vecinos y vecinas" y "qué entiende por proporcional" el Supremo, momento en el que empezó a leer recortes de prensa de testimonios de personas que habían caído en la adicción al juego.