PROVINCIA
La oferta de trabajo municipal de Villarcayo, declarada nula
Los jueces dan la razón a Cs y PSOE que denunciaron fallos de fondo y forma en la RPT aprobada en agosto de 2018 El Consistorio local estudia si recurrir o no
El juzgado de lo Contencioso Administrativo ha dado la razón a los concejales del PSOE y de Ciudadanos (Cs) del Consistorio de Villarcayo, y ha considerado «nula de pleno derecho» la aprobación por parte del Ayuntamiento local en un Pleno extraordinario de agosto de 2018, de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) municipal. Y es que ambos partidos acudieron a los tribunales al entender incorrectos el fondo y la forma de dicho proceso de aprobación plenaria. Sentencia que el juzgado trasladó el pasado 10 a ambas partes, abriendo así un plazo de 15 para que el Consistorio local recurra dicha decisión.Argumentan en dicha sentencia que la convocatoria de urgencia de la sesión plenaria extraordinaria del 30 de agosto de 2018, que tuvo la aprobación de la RPT entre sus puntos -la cual «salió adelante de forma ajustada»-, creen que «no quedó debidamente justificada siendo insuficiente motivación» la dada por los responsables municipales para dicha convocatoria, de haberse celebrado pocos días antes una comisión de Hacienda en la que ya se habían tratado esos temás dándose así por debatidos.«Pleno extraordinario del 30 de agosto convocado mediante Decreto de Alcaldía el día de antes 29 de agosto», recalcan en el texto legal, lo que permite «afirmar que no concurría imposibilidad ninguna que hiciese inviable una convocatoria de pleno no urgente, pues basta la fecha de interposición del recurso de reposición promovido por los recurrentes (registrado el 20 de julio) para concluir que el plazo para formular reclamaciones acababa el 30 de ese mes». «Y el Ayuntamiento dejó transcurrir todo agosto para convocar la comisión de Hacienda donde se trató el asunto y seguidamente, agotando el plazo legal, convocó Pleno el día 29 justificando la urgencia precisamente en la dilatada actuación», remarcan.Derecho de participaciónDecisión que ademas, añaden los jueces en su resolución, «afectó directamente al derecho de participación política de los concejales recurrentes, aún cuando hubieren tenido a su acceso la información y documentación precisa sobre los temas a tratar», aseguran. Remarcan así que «no se trata de que aquéllos no hayan tenido acceso a la información precisa (que no es el caso a pesar de la insistente oposición a la demanda en este aspecto), sino que se extiende también a la preparación de la intervención que cada concejal quiera desarrollar en el Pleno, «al regir -explican- todas las actuaciones que el concejal quiera llevar a cabo en el ejercicio de su actividad política, como puede ser convenir con otros concejales la estrategia a seguir en el debate y la votación», aseveran. «Los jueces han entendido lo mismo que nosotros, que se convocó un Pleno extraordinario rápido y corriendo, sin habernos dado tiempo a los grupos a debatir sobre una cuestión que consideramos esencial en la vida municipal como es la oferta de empleo», afirmaba la concejala socialista Rosario Martínez tras conocerse la sentencia. Y es que no sólo no compartían dicho carácter de urgencia «sino que estuvimos en desacuerdo tanto en el fondo como en la forma de una tramitación que traía consigo cambios sustanciales en la plantilla municipal, los cuales a su vez afectarían directamente a las finanzas municipales durante mucho tiempo pero incomprensiblemente no venía acompañada de un plan financiero», reprocha. «Estudiando si recurrir»De forma paralela, desde el Consistorio aseguran que se encuentran estudiando si se recurrirá o no dicha sentencia, «ya que tenemos quince días para ello», explica el alcalde villarcayés Adrián Serna. Proceso que entiende que no generará grandes cambios en el funcionamiento muncipal actual, ya que tras saber del recurso presentado contra la RPT, comenta que «decidimos aparcar los capítulos de mayor envergadura que incluía, como la creación de nuevas plazas así como la oferta de trabajo y las correspondientes oposiciones, hasta no conocer la resolución judicial ante dicho recurso», recuerda. Sin embargo reconoce, que en caso de no recurrir y dar por firme esta sentencia, «lo primero que haremos será volver a sentarnos con todos los grupos de la corporación para conocer sus aportaciones al texto ,y dar así participación a todos en la confección de la RPT». Destaca cómo a lo largo de estos apenas 16 meses de puesta en marcha de la RPT, «este texto nos ha servido como modelo y guía para reorganizar los puestos ya existentes, algo que no existía y que no se había hecho nunca», comenta el edil. «De ahí que tanto si se recurre como si no, el Consistorio podrá seguir funcionando», asegura, «pues aunque ‘a medio gas’, la RPT ha servido ya sobre todo para su principal finalidad, la de reordenar una plantilla municipal en la que había una total indefinición en torno a los casi 90 puestos que la configuran», argumenta el alcalde.Recuerda que la intención de impulsar una nueva RPT era reordenar la plantilla municipal por primera vez en la historia del Consistorio, «y ‘oficializar’ los casi 90 puestos con que cuenta éste, con la previsión de ir trazando el contenido de las futuras oposiciones poco a poco», explicaba Serna al respecto de su elaboración. «De ahí que el contenido contemplara los salarios, tareas, área de la que dependería cada puesto o la categoría de cada uno de dichos puestos entre otras cuestiones», detalla. El texto de la RPT pasó así el trámite de aprobación plenaria a finales de agosto del año 2018 y publicación en el boletín provincial dos meses después.