SUCESOS
Investigado por la muerte de dos cuervos
La necropsia practicada a los córvidos demuestra la presencia de 5 y 2 impactos de perdigón en cada ave
La Guardia Civil ha investigado a C.F.S., de 28 años, como presunto autor de un delito contra la Fauna y la Flora, por la muerte de dos cuervos (Corvus corax).
Los hechos se observaron días atrás con motivo de una inspección por parte del Seprona a una explotación ganadera ubicada en Las Merindades, en el marco de los servicios preventivos dirigidos al control de la mortalidad no natural de especies y al uso de medios de caza prohibidos.
En el exterior de la granja dedicada al vacuno se encontró un vehículo todo terreno. En su maletero se encontró los cadáveres de sendas aves, por lo que se requirió la presencia del titular en el lugar, que fue identificado.
En su maletero se encontró los cadáveres de sendas aves, por lo que se requirió la presencia del titular en el lugar, que fue identificado
Ambos ejemplares presentaban a simple vista orificios en entrada en la cabeza que casaban con los producidos por el impacto de un perdigón de plomo o similar. En el asiento correspondiente al lugar del copiloto se halló una carabina de aire comprimido del calibre 4,5 mm, con su correspondiente numeración, y en la guantera una caja de perdigones del mismo calibre.
El dueño no pudo acreditar su lícita tenencia al carecer de la documentación necesaria, la Tarjeta de Armas expedida por el Ayuntamiento correspondiente, por lo que fue intervenida junto con la munición.
Los cuerpos de los córvidos han sido entregados en el Centro de Recuperación de Animales Salvajes de Burgos, donde la necropsia practicada ha facilitado que presentaban cinco y dos impactos de perdigón, respectivamente.
Estos claros indicios demuestran la muerte de forma violenta mediante disparos de carabina de aire comprimido y que la acción de capturar o abatir a ejemplares de cuervo ((Corvus corax) está prohibida infringiendo además los criterios establecidos en la Ley de Caza de Castilla y León.
Legalización de las carabinas de aire comprimido
Las carabinas accionadas por aire u otro gas comprimido pertenecen a la 4ª categoría conforme a lo estipulado en el actual Reglamento de Armas.
Como todo arma deben estar documentadas con una Tarjeta de Armas que las acompañará siempre fuera del domicilio.
Estas autorizaciones las conceden los Alcaldes de los municipios donde se encuentren avecindados o residan los solicitantes, que deberán tener cumplidos los 14 años de edad, presentar el Documento Nacional de Identidad y acreditar la conducta y antecedentes de los mismos. La validez quedará limitada a los respectivos términos municipales