Aranda
El juzgado tumba la sanción impulsada por la ex alcaldesa contra el portavoz de los bomberos
El trabajador, representante sindical, estuvo suspendido de empleo y sueldo tres meses
El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Burgos ha tumbado el expediente disciplinario por falta grave que la ex alcaldesa Raquel González promovió contra el portavoz de los bomberos, al que se sancionó con tres meses sin empleo y sueldo. El juez estima el recurso presentado por el trabajador, Javier Puente, que no descarta abrir un nuevo proceso judicial para solicitar daños y perjuicios “por las consecuencias sufridas durante meses”.
Por el momento, la sentencia que ya es firme considera que el expediente no se hizo conforme a derecho por lo que deja “sin efecto la sanción” e impone al Consistorio el pago de 500 euros en concepto de costas. “Con esta resolución, la Justicia deja en evidencia la gestión realizada por la anterior alcaldesa, Raquel González, el ex concejal de Personal, Vicente Holgueras; apoyados y amparados por la secretaria General y el jefe del Personal del Consistorio”, celebra el trabajador convencido de que el Ayuntamiento actuó fuera de la legalidad y lejos del interés público.
El expediente sancionador a la cabeza visible de las reivindicaciones de los bomberos data de febrero de 2020 y respondía, según el jefe de Personal, a dos faltas graves. En concreto, se le imputaban faltas por “obstaculización” de ejercicio de las funciones a un compañero y “desconsideración” a los superiores.
Según explica Javier Puente, aunque los hechos habían sucedido casi tres años antes, el expediente se retomó “casualmente” después de que él, como representante sindical, pidiese públicamente la dimisión de la alcaldesa por la inseguridad generada por la ausencia del retén de guardia. “Llama la atención que el proceso había ‘prescrito’ para el resto de los compañeros afectados, a pesar de que se les adjudicaban los mismos hechos sancionados y sólo siguió adelante en este caso concreto”, argumenta.
El expediente se tradujo primero en siete meses de suspensión de funciones para reducirse más tarde a tres, aunque en el inicio del proceso se llegó a plantear la posibilidad de imputarle tres faltas graves con una posible sanción de 18 años de suspensión de empleo y sueldo (seis años por cada falta grave). Incluso el expediente se remitió a Fiscalía para que determinara si se había incurrido en un delito, pero fue archivado.
Ahora, la sentencia del Contencioso Administrativo ha acogido el recurso del trabajador que ve una “falta de igualdad de trato en relación a otros implicados en el expediente”. También se aduce la vulneración de su derecho a la liberal sindical y la vulneración del derecho a la intimidad por admisión de una grabación privada. Respecto a varios WhatsApp que se esgrimían por parte del Consistorio como prueba, el juzgado considera que algunos están prescritos y otros responden a opiniones que no están dirigidas a una persona concreta.
En opinión de Puente, esta resolución “demuestra la persecución vivida por el portavoz de los bomberos a través de una clara política para generar el miedo y silenciar a trabajadores no afines, que se llevó a cabo en el anterior mandato con la cooperación necesaria de algunos altos funcionarios”.