Cerrar

La Justicia suspende la resolución de la Junta por la tuberculosis bovina en Castilla y León

El TSJCyL paraliza cautelarmente la orden de Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera de la Consejería de Agricultura que gestiona VOX

Imagen de archivo de unas vacas.ICAL

Publicado por
Felipe Ramos
Valladolid

Creado:

Actualizado:

Sin efecto. La Justicia suspende y deja sin efecto la reslución de VOX por la tuberculosis bovina en Castilla y León, que venía a flexibilizar el movimiento de ganado, lo que iba en contra de la la normativa europea y obligaba a actuar al Gobierno con otro decreto para restringir ese movimiento de ganado bovino. Este lunes, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) acuerda suspender cautelarmente la aplicación de la resolución de 10 de mayo de 2023, de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera de la Consejería de Agricultura de Castilla y León que, gestiona VOX con el consejero Gerardo Dueñas a la cabeza, por la que se desarrollaban determinados aspectos de los programas nacionales de enfermedades de los rumiantes, flexibilizando el movimiento de ganado.

La resolución, que cuenta con un plazo de cinco días para interponer recurso de reposición, algo que desde la Junta el portavoz Carlos Fernández Carriedo ya anunciaba el jueves pasado tras el Consejo de Gobierno que no iban a hacer, responde al recurso contencioso-administrativo puesto por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación contra la resolución de 10 de mayo de la dirección de producción agrícola de Teresa Rodríguez, debido a que, según el Gobierno, contravenía determinados aspectos de la legislación nacional y europea en relación al movimiento del ganado. 

De hecho, la Abogacía del Estado fundaba su petición de suspensión cautelar en la “ilegalidad manifiesta de la resolución” por incurrir en “infracción tanto de la normativa europea como de la normativa básica del Estado español”. Además, apuntaba, según Ical, que, “de no tomarse la medida cautelar, se habría consumado un daño irreparable sobre la cabaña ganadera española y europea”, por el “incremento potencial del riego de contagio de la tuberculosis bovina”.

La resolución del TSJCyL señala en su auto que la Junta de Castilla y León no se opuso a la adopción de la medida cautelar y, dado que “ambas partes están conformes en que la ponderación de los actuales interese en conflicto reclama la adopción de la suspensión”, la sala acuerda suspender cautelarmente la orden de la Junta.