El Correo de Burgos

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Concesiones de riego a debate

Autorización. La CHDha abierto cerca de 200 expedientes sancionadores por irregularidades en el uso de aguas subterráneas / La Confederación defiende las comunidades de usuarios para rotar cultivos

Pozo de riego de aguas subterráneas en las cercanías del término municipal de Palencia.-BRÁGIMO

Pozo de riego de aguas subterráneas en las cercanías del término municipal de Palencia.-BRÁGIMO

Publicado por
MARISOL CALLEJA
Burgos

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No es un tema nuevo para el sector agrario, aunque hasta ahora la Confederación Hidrográfica del Duero se había mostrado más flexible con los regantes de aguas subterráneas. La situación parece haber cambiado y se ha traducido en los últimos meses en un aluvión de multas y sanciones relacionadas con las concesiones de riego que están preocupando a los profesionales del campo.La CHD asegura que cumple estrictamente la Ley y cifra en torno a 200 los expedientes abiertos, principalmente en el entorno del antiguo Acuífero Los Arenales en las provincias de Valladolid, Segovia, Ávila y Zamora. Actualmente se ha abierto un periodo de alegaciones. Es un problema en cualquier caso de orden general y, también, con distintas situaciones que reconocen desde este organismo público.Ángel González, Jefe de la Oficina de Planificación Hidrológica mantiene que las inspecciones son las mismas que otros años, aunque constata también que se están orientando a las aguas subterráneas en las masas en mal estado cuantitativo, cumpliendo el Plan Hidrológico y el obligado control para que no haya problemas de reservas de agua.González insiste en que «hay muchas actuaciones irregulares» y recuerda que en el caso de los pozos realizados antes de 1985, en los que se tiene la autorización de Minas, la Ley de Aguas obliga a su regularización, algo que en muchos casos no se ha producido. En 2002 se cerró el Catálogo de Aguas y ahora «no hay hueco para nuevas concesiones».Aquel que quiera proceder a su legalización deberá acudir a un procedimiento civil y que el juez decida, según el jefe de planificación. En caso contrario, el profesional estaría regando sin concesión.

Uno de los principales problemas con los que se encuentra el agricultor en estos momentos es la obligada rotación de cultivos. La CHD está sancionando a los agricultores que riegan tierras de secano usando los caudales de agua autorizados en las de regadío, que ese año no se riegan. Son fincas habitualmente arrendadas o cedidas donde no se incrementa ni el volumen de agua ni la superficie regable autorizada. Aún así, las multas no paran de llegar.La CHD es tajante en este tema. González asegura que la rotación de cultivos, desde el punto de vista de la Ley de Aguas, exige la titularidad de las parcelas a regar. De esta forma, si no hay titularidad no es posible el uso del agua en esas parcelas, que son mayoritariamente arrendadas. Algo que cuestiona el sector que no entiende el motivo por el que se sanciona esta práctica cuando años anteriores se ha permitido con la autorización escrita del propietario.La Confederación apunta en este caso que la «única solución» para resolver este problemá es la constitución de comunidades de usuarios de aguas subterráneas, que permiten esta «flexibilidad», al estar integrada por propietarios. Una apuesta que no está logrando una gran receptividad por parte de los regantes.El responsable de planificación confirma que se están «dando pasos» en comunidades como Cantalpino, Arenales, Segovia y Zamora, aunque no hay ningún proceso definitivo en marcha.

La realidad es que hay problemáticas bien distintas. La abogada especialista en derecho agrario, Celia Miravalles, recuerda que si el pozo no está legalizado y no hay concesión (autorización administrativa) el agricultor puede ser sancionado con una multa de hasta 50.000 euros e incluso tener que pagar una indemnización por los daños casusados al dominio público hidraúlico que se calcula en función del volumen de agua consumido por el precio del agua según su uso.Las infracciones por regar sin autorización vienen recogidas en la Ley de Aguas. Si el daño causado no supera los 3.000 euros será una infracción leve, como indica Miravalles. Si está entre 3001 y 15.000 euros será una infracción grave. Las infracciones leves conllevan una multa de hasta 10.000 euros y las menos graves de 10.001 a 50.000 euros. La administración tiene un plazo de un año para resolver el expediente sancionador. La cuantía de la sanción puede verse reducida hasta un 40% si se renuncia a recurrir, se paga de forma inmediata y, además, se reconoce la responsabilidad. En el caso de los pozos de antes de 1985, Miravalles apunta que hay jurisprudencia que señala que estos pozos cuentan con autorización y no se puede imponer multas. En este caso habría que acudir a los tribunales y eso será solo a efectos de «quitar» la multa y cuantía de daños, «y no de legalizar el pozo».

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